VISA POR ESTUDIOS-PRORROGA-CAMBIO DE CARRERA
VISA POR ESTUDIOS:
CAMBIO DE CARRERA
TSJ de Castilla y León (Sede en Burgos). Sala de lo Contencioso
Sentencia Nº 15/2024 de fecha 26 de enero de 2024
Nº de Recurso: 132/2023
No procede solicitar una prórroga de la autorización de estancia por estudios cuando se pretende cambiar los estudios para los que se obtuvo la autorización inicial y no se ha superado ningún crédito de los estudios para los que fue concedida la autorización. Aunque no se puede exigir un determinado rendimiento al alumno extranjero que, por razones culturales y/o problemas con el idioma, puede tener especiales dificultades de adaptación y, en consecuencia, de rendimiento, sobre todo en las primeras etapas, la mera asistencia a clase no es suficiente para solicitar la prórroga sin haber aprobado ninguna asignatura ni ningún crédito de dicha matrícula.
En el presente caso, el recurrente cambió de estudios, pasando de un grado en Arquitectura e Ingeniería a un ciclo formativo de grado superior en Dirección de Cocina. Pese a haber presentado solicitud de matrícula para «Dirección de Cocina», no aprobó ninguna de las asignaturas en las que se había matriculado en el doble grado en Ingeniería Civil y Arquitectura Técnica, para cuyos estudios se le concedió la autorización. No superó ningún crédito, y quedó acreditado con la certificación académica personal aportada al expediente que, de la totalidad de las convocatorias de examen, no se presentó a 14 de ellas y suspendió las otras 6. De ahí que no ofrezca ninguna duda el resultado de que no ha superado las pruebas o requisitos pertinentes para su continuidad.
A juicio de la Sala, la normativa vigente exige no solo la matrícula en estudios nuevos, sino la superación de las pruebas o requisitos pertinentes para la continuidad de los estudios originales. El cambio de estudios del recurrente, sin haber superado las asignaturas del grado inicial, no cumplía con el requisito de continuidad exigido para solicitar la prórroga. El hecho de que además se haya matriculado en el primer curso del ciclo formativo de grado superior en Dirección de Cocina, tampoco da derecho a obtener la prórroga solicitada, pues la prórroga implica haber superado mínimamente los estudios para los que solicitó la autorización (en el presente caso, no ha superado ni una sola de las asignaturas del curso en que se matriculó y para cuyos estudios se le concedió autorización). Si quiere realizar otros estudios, debe obtener una nueva autorización, pero no procede conceder la prórroga.
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