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JURISPRUDENCIA DERECHO DE ASILO – EXTORSION Y AMENAZAS

DERECHO DE ASILO

EXTORSIÓN ECONÓMICA Y AMENAZAS

Audiencia Nacional. Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sentencia  de fecha 26/11/2020 (Recurso N.o 1087/2018)

Las solicitudes de asilo no pueden basarse en la inseguridad que existe en el país de origen que hace al solicitante temer por su vida, pues los episodios de extorsión económica y amenazas no obedecen a una persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas en su país de origen. En el presente caso, el solicitante natural de Colombia fundamenta su petición asilo en que regentaba un negocio de restauración y que comenzó a recibir extorsiones por parte de varios grupos de paramilitares, que ante la sucesión de extorsiones, por parte de grupos distintos, decidió dejar de pagar cualquier extorsión dado que no podía hacer frente a todas ellas, y  que por miedo no presentó en su país ninguna denuncia de esos hechos. A juicio de la Sala, los hechos narrados no acreditan la existencia de fundados temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas en su país de origen; y tampoco, procede la protección internacional subsidiaria, pues del relato del recurrente no se infiere un riesgo real que amenace gravemente su vida o su integridad física, motivada por una violencia indiscriminada debido a situaciones de conflicto internacional o interno.

Con los datos suministrados podeis acceder al texto de la sentencia completa a través del siguiente link:

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